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OPINION

Tierras, soberanía y un fallo que resuelve menos de lo que parece

01/10/2026 · radioaltagracia4@gmail.com
Tierras, soberanía y un fallo que resuelve menos de lo que parece

Análisis político . Escribe Ismael Feliciani

El martes 29 de septiembre la Corte revocó el fallo de la Cámara Federal de La Plata que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, el artículo con el que el gobierno de Javier Milei derogó la Ley de Tierras Rurales, la 26.737. Con esa revocación vuelve a regir la derogación y dejan de aplicarse los límites específicos que la ley imponía a la compra de campos por parte de extranjeros.

Recordemos qué decía esa ley, sancionada en 2011. Limitaba al 15% la posesión de tierras rurales en manos extranjeras, tanto a nivel nacional como provincial y departamental, y ponía tope al 30% para una misma nacionalidad. También vedaba la compra de tierras con cuerpos de agua importantes.

El matiz que importa

Acá viene lo fino, y conviene decirlo con claridad. La Corte no declaró constitucional la derogación de la Ley de Tierras. ¿Por qué entonces cambió el escenario? Porque el tribunal entendió que quien demandó, el Centro de Ex Combatientes de Malvinas de La Plata, no tenía legitimación para impulsar la causa. Según la lectura de La Nación, tampoco estaba ante un caso concreto. En criollo: la Corte dijo “esta demanda no era la vía”, y sobre el fondo, sobre si el Presidente puede derogar por decreto una ley de este tipo, no se pronunció.

Además, la Corte fue dura con los tribunales inferiores. Advirtió sobre el riesgo de reconocer capacidad de iniciar acciones colectivas a actores que no tienen esa representatividad. Es un mensaje que excede este expediente y que van a leer atentamente los abogados que piensan en litigios similares.

Las reacciones

La oposición reaccionó con dureza. El gobernador bonaerense Axel Kicillof lo llamó “el fallo de la infamia” y dijo que afecta la soberanía nacional y la voluntad popular. El constitucionalista Andrés Gil Domínguez sostuvo que, a partir de la resolución, el país no cuenta con una ley que proteja las tierras rurales frente a la extranjerización. Desde la academia, el Observatorio de Tierras de la UBA afirmó que, en los hechos, la Corte derogó de hecho la ley.

Del otro lado, el Gobierno y sus aliados sostienen que las restricciones desalentaban la inversión y que un mercado de tierras más libre beneficia al productor que quiere vender o asociarse. Es un argumento legítimo y hay que tomarlo en serio, sobre todo en una provincia como la nuestra, donde el campo es motor económico y donde muchos propietarios ven con buenos ojos poder vender sin trabas.

Tres lecturas para el oyente

Primera lectura, la jurídica. El fallo es más procesal que sustantivo. La discusión constitucional de fondo sigue abierta, y un afectado directo, con un caso concreto, podría volver a plantearla. Así lo señalan varios análisis: la Corte no declaró válida la derogación, pero anuló la sentencia que la impedía.

Segunda lectura, la política. Un DNU que deroga una ley del Congreso es una discusión de fondo sobre el equilibrio de poderes. Que la Corte haya resuelto por la puerta de la legitimación deja sin respuesta la pregunta de si el Ejecutivo puede modificar por decreto un régimen que el Legislativo votó. Esa pregunta no desapareció, solo se postergó.

Tercera lectura, la práctica. Otras normas, como las de seguridad de fronteras, defensa o la regulación provincial de inmuebles, pueden seguir imponiendo exigencias según la ubicación y las características de cada propiedad. No es que hoy cualquiera pueda comprar cualquier cosa en cualquier lugar sin ningún control. Pero el paraguas general de protección, con topes claros y un registro específico, ya no está.

El debate de fondo

Detrás del expediente hay una discusión que atraviesa a la Argentina hace décadas. ¿La tierra es un activo más, como cualquier otro, o es un recurso estratégico que un país tiene derecho a proteger? Muchos países con economías abiertas tienen algún tipo de restricción sobre la propiedad rural extranjera, precisamente porque la tierra no se puede llevar a otro lado y sostiene el agua, la producción de alimentos y el territorio. Otros apuestan a que el capital, venga de donde venga, genera empleo y valor. Ninguna de las dos posturas es absurda, pero la decisión merece un debate abierto y no una resolución por vía de decreto o de tecnicismo procesal.

Lo que viene

Es previsible que la oposición intente reactivar el tema en el Congreso, con proyectos para restituir o reformular la ley, y que se multipliquen las presentaciones judiciales, esta vez con demandantes que cumplan los requisitos que la Corte marcó. También habrá que seguir de cerca cuántas operaciones concretas se concretan en los próximos meses, porque en política los efectos reales pesan más que los anuncios.

Para cerrar: la Corte resolvió un expediente, pero no cerró el debate. Sobre quién puede ser dueño de la tierra argentina y quién tiene autoridad para decidirlo, la discusión recién empieza.


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