La inflación de julio, del 2,11%, definió el nuevo límite máximo que podrá alcanzar la cotización mayorista antes de que el Banco Central esté obligado a intervenir en el mercado de cambios
Lainflación de julioestableció el nuevo techo de la banda cambiaria que regirá durante septiembre, el límite superior que el dólar mayorista no debería superar sin que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) esté obligado a intervenir en el mercado de cambios. El esquema dispone que el límite máximo para la cotización mayorista se ajusta mes a mes tomando como referencia el Índice de Precios al Consumidor (IPC) que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec). El ajuste no se traslada de manera inmediata: existe un desfase de dos meses entre la difusión del índice y su incorporación al cálculo de la banda.
En la práctica, esto significa que el IPC de julio, conocido en agosto, es el que define el tope para septiembre. El mecanismo funcionó de igual manera en los meses previos: la inflación de abril fijó el límite de junio, la de mayo determinó el de julio y la de junio, del 1,9%, estableció el techo de agosto. Según informó el Indec, la inflación de julio se ubicó en 2,11 por ciento. Ese porcentaje, aplicado sobre el punto de partida de 1.879,97 pesos —valor que la banda cambiaria alcanzará recién el último día de agosto—, lleva el techo máximo permitido para septiembre a 1.919,63 pesos.